Logo Hurtado Gandini Dávalos

ABC –  INSOLVENCIA PERSONAS NATURALES NO COMERCIANTES[1]

A. ¿QUÉ ES?

  • Es una ley diseñada para apoyar a quienes han acumulado deudas que no han podido saldar debido a circunstancias fuera de su control, resultando en retrasos en los pagos. Esta normativa ofrece una oportunidad para reestructurar la deuda a través de un acuerdo entre el deudor y sus acreedores, en el cual se negocian tanto el monto como el plazo para liquidar las obligaciones pendientes.

    B. ¿POR QUÉ ACCEDER AL SERVICIO?

    • Solidez Legal: Una vez aceptado el trámite, se prohíbe iniciar nuevos procesos ejecutivos y se suspenderán los procedimientos de este tipo que estuvieran en curso al momento de la aceptación.
    • Acuerdo Económico: Durante la audiencia, se podrán presentar y negociar propuestas de pago para cubrir todas las deudas, buscando un acuerdo financiero viable.
    • Calidad y Profesionalismo: El servicio es proporcionado por abogados conciliadores en insolvencia, altamente capacitados y especializados en diversas áreas del derecho.

    C. ¿POR QUÉ OPTAR POR LA INSOLVENCIA?

    • Es un servicio regulado por la ley que facilita la negociación completa de las deudas, suspendiendo procesos judiciales y asegurando la protección de los fondos necesarios para cubrir los gastos mensuales del deudor y su familia.

    D. PARA INICIAR ESTE PROCESO DEBE CUMPLIR CON 3 REQUISITOS

    • Ser persona natural no comerciante (esto implica que no debe realizar en la actualidad actividades de carácter mercantil)
    • Encontrarse en cesación de pagos, lo que significa estar en mora por más de 90 días con dos o mas acreedores; o tener 2 o mas procesos judiciales en contra
    • Del pasivo total a cargo del deudor, por lo menos el 50% debe estar en cesación de pagos (mora de mas de 90 días)

    E. ¿QUE DEBE CONTENER LA SOLICITUD?

      • Datos del solicitante.
      • Declaración de los supuestos de insolvencia.
      • Estado civil (sociedad conyugal y patrimonial).
      • Causas que originaron la situación de insolvencia.
      • Relación de Acreedores.
      • Montos totales de las obligaciones y porcentajes de participación.
      • Inventario de bienes muebles e inmuebles.
      • Fuente de Ingresos y ocupación laboral.
      • Relación de Gastos de subsistencia.
      • Determinación de obligaciones alimentarias a cargo.
      • Total egresos.
      • Procesos judiciales en curso.
      • Formula de arreglo.
      • Propuesta de pago.
      • Cuantía del proceso.
      • Documentos aportados.
    • PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS:

    *imagen extraída de la página web oficial de la Cámara de Comercio de Cali



    [1] Toda la información aquí contenida es contrastada con la información oficial de la Cámara de Comercio de Cali y por la Ley 1564 DE 2012.

    Compartir Artículo

    Otros

    Artículos Recientes

    ¿Tienes dudas o preguntas?

    Realiza una consulta sin costo

    Si tienes dudas o preguntas, no dudes en escribirnos. Nuestros abogados pueden ayudarte a llevar los casos más complicados y acompañarte en el proceso.

    Logo Hurtado Gandini Dávalos

    (2) 6410900