A. ¿QUÉ ES?
- Es una ley diseñada para apoyar a quienes han acumulado deudas que no han podido saldar debido a circunstancias fuera de su control, resultando en retrasos en los pagos. Esta normativa ofrece una oportunidad para reestructurar la deuda a través de un acuerdo entre el deudor y sus acreedores, en el cual se negocian tanto el monto como el plazo para liquidar las obligaciones pendientes.
B. ¿POR QUÉ ACCEDER AL SERVICIO?
- Solidez Legal: Una vez aceptado el trámite, se prohíbe iniciar nuevos procesos ejecutivos y se suspenderán los procedimientos de este tipo que estuvieran en curso al momento de la aceptación.
- Acuerdo Económico: Durante la audiencia, se podrán presentar y negociar propuestas de pago para cubrir todas las deudas, buscando un acuerdo financiero viable.
- Calidad y Profesionalismo: El servicio es proporcionado por abogados conciliadores en insolvencia, altamente capacitados y especializados en diversas áreas del derecho.
C. ¿POR QUÉ OPTAR POR LA INSOLVENCIA?
- Es un servicio regulado por la ley que facilita la negociación completa de las deudas, suspendiendo procesos judiciales y asegurando la protección de los fondos necesarios para cubrir los gastos mensuales del deudor y su familia.
D. PARA INICIAR ESTE PROCESO DEBE CUMPLIR CON 3 REQUISITOS
- Ser persona natural no comerciante (esto implica que no debe realizar en la actualidad actividades de carácter mercantil)
- Encontrarse en cesación de pagos, lo que significa estar en mora por más de 90 días con dos o mas acreedores; o tener 2 o mas procesos judiciales en contra
- Del pasivo total a cargo del deudor, por lo menos el 50% debe estar en cesación de pagos (mora de mas de 90 días)
E. ¿QUE DEBE CONTENER LA SOLICITUD?
- Datos del solicitante.
- Declaración de los supuestos de insolvencia.
- Estado civil (sociedad conyugal y patrimonial).
- Causas que originaron la situación de insolvencia.
- Relación de Acreedores.
- Montos totales de las obligaciones y porcentajes de participación.
- Inventario de bienes muebles e inmuebles.
- Fuente de Ingresos y ocupación laboral.
- Relación de Gastos de subsistencia.
- Determinación de obligaciones alimentarias a cargo.
- Total egresos.
- Procesos judiciales en curso.
- Formula de arreglo.
- Propuesta de pago.
- Cuantía del proceso.
- Documentos aportados.
- PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS:
*imagen extraída de la página web oficial de la Cámara de Comercio de Cali
[1] Toda la información aquí contenida es contrastada con la información oficial de la Cámara de Comercio de Cali y por la Ley 1564 DE 2012.