El pasado 6 de junio mediante nota de prensa D-14828, se conoció la sentencia por medio de la cual nuestra Corte Constitucional declaró inconstitucional la exigencia de 1300 semanas de cotización como requisito para que las mujeres obtengan la pensión de vejez (Sentencia C-197 de 2023).
Teniendo en cuenta aspectos como la solidaridad, igualdad, derechos fundamentales a la seguridad social, pensión y la discriminación positiva por razones de género, lo declarado por la Corte se observa como una medida equitativa y justa para las mujeres, teniendo en cuenta que por años no han recibido un trato igualitario, siendo incluso invisibilizadas en la ardua labor del trabajo no remunerado como lo puede llegar a ser la economía del cuidado.
En el contexto de la referida sentencia, es importante analizar cómo esta medida se relaciona con el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional; por lo que es pertinente explicar que dicho principio hace referencia a la capacidad del sistema para financiar las prestaciones económicas a los pensionados en el presente, y con proyección a futuro, razón por la que este principio resulta esencial para garantizar la permanencia, cobertura y viabilidad, tanto al inmediato tiempo como al largo plazo del sistema pensional.
Así mismo, la decisión de la Corte se basa en la necesidad de garantizar la igualdad de género y superar las brechas históricas de discriminación y desigualdad que han afectado a las mujeres en el ámbito laboral, por lo que resulta fundamental traer a colación el concepto de “discriminación positiva” tratado en la jurisprudencia de este órgano colegiado. La Corte Constitucional se ha referido a este término indicando que el Estado busca alcanzar condiciones materiales de igualdad a través de la “discriminación positiva o acción positiva”, lo cual consiste en la generación de políticas efectivas dirigidas a reducir prácticas de discriminación en contra de colectivos excluidos y/o marginados, siendo su función principal la de corregir una desigualdad, a través de acciones afirmativas[1], políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, bien para eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan o para lograr que los miembros de un grupo sub-representado, que usualmente ha sufrido de una discriminación histórica, tengan mayor representación. Si bien esta postura tiene como propósito promover la equidad de género, es importante reflexionar sobre el impacto que tendrá en la sostenibilidad financiera del sistema pensional, toda vez que reducir el número de semanas de cotización necesarias implica que las mujeres podrán acceder a una pensión de vejez con un número menor de semanas de cotización, lo que en la práctica representa menos tiempo de aportes, que podría generar un aumento en la carga financiera del sistema.
Es fundamental tener en cuenta que, como ya se mencionó, la sostenibilidad financiera del sistema pensional implica la capacidad económica de financiar las pensiones en el presente, sin comprometer la situación financiera en el futuro, por tanto, cualquier medida que se adopte deberá considerar el impacto a largo plazo y buscar un equilibrio entre dicha sostenibilidad, la equidad de género, y el reconocimiento de pensiones en los nuevos términos, siendo de competencia de la Corte Constitucional la ponderación de tales principios proponiendo medidas que garanticen tal estabilidad.
Concluimos que si bien la intención de la Corte en la sentencia C-197 de 2023 es la de promover la equidad de género, y que como ya vimos el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional resulta esencial para garantizar la estabilidad y viabilidad a largo plazo del reconocimiento pensional, es imperativo tomar medidas para garantizar esta última en aras de compensar el impacto en la reducción de cotizaciones de las mujeres, a partir de la revisión de los mecanismos de financiamiento del sistema, ajustes en las tasas, eficiencias en las gestiones, entre otros, velando porque dichas medidas no impacten negativamente a la base de contribuyentes, quienes serán los futuros pensionados.
El equilibrio entre la equidad de género y la sostenibilidad financiera es crucial para asegurar en el presente y en el futuro un sistema de pensiones sólido y justo.
Marcela Hincapié Molina
Abogada Senior
Area Derecho Laboral y Seguridad Social
[1] Sentencia C- 115 de 2017